Intervención del médico Forense en la valoración de las lesiones y las secuelas


El día 1 de enero de 2.016 entró en vigor una importante reforma en lo concerniente a las indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico (ley 35/2015 de 22 de septiembre y Real Decreto 1148/2015 de 18 de diciembre).

Hasta antes del año 2016 los lesionados en un accidente de tráfico tenían la posibilidad de acudir para la valoración de las lesiones y secuelas al procedimiento penal, bastaba con formular denuncia y esperar a ser explorado por el médico forense, que emitía el informe de sanidad con el que se acudía a la compañía a reclamar la indemnización acorde con lo determinado por este.

Pues bien, con la despenalización de las faltas (el 99% de los accidentes de tráfico se tramitaban como faltas) se ha cerrado a los lesionados la posibilidad de acudir a los juzgados para ser explorados por el médico forense, método que sin duda significaba un importante ahorro, dada su gratuidad.

Hasta que no se promulgó la Ley 35/2015 de 22 de septiembre y el Real Decreto 1148/2015 de 18 de diciembre ha existido un periodo de incertidumbre entre aquellos profesionales del derecho que nos dedicamos a las reclamaciones por accidentes de tráfico, ya que vislumbrábamos la indefensión de nuestros clientes en caso de disconformidad con las ofertas indemnizatorias de las compañías aseguradoras, o una perspectiva peor, tener que aceptar a la baja la indemnización que se ofertara, por la falta de liquidez del cliente para afrontar el coste de una pericial privada.

La nueva legislación ha alejado el fantasma de la indefensión del perjudicado, y aún sin ser la mejor solución la elegida, si es cierto que protege al ciudadano común ante un posible abuso de las compañías aseguradoras.

La opción elegida por el legislador se regula en el Artículo 7 de la Ley, y así en caso de disconformidad del perjudicado con la oferta motivada de la compañía de seguros, de común acuerdo con esta o sin contar con su consentimiento, podrá acudir al Instituto de Medicina Legal del lugar de su residencia o del lugar del accidente, a su elección, para ser explorado por el médico forense, y lo más importante, será a costa de la compañía, sin que el perjudicado tenga que pagar nada por ese servicio, y estando la aseguradora obligada a aportar toda la información del lesionado que posea. La regulación pormenorizada del trámite se expone en el Real Decreto 1148/2015, Capítulo I, en los Artículos 4 al 13, de entre los que cabe destacar el Artículo 8 que regula el reparto dentro del instituto de medicina legal a fin de evitar que sean los mismos médicos forenses los que informen sobre lesionados de la misma compañía de seguros.

A la fecha de entrada en vigor de la Ley, los ciudadanos y los profesionales que defendemos sus intereses, tenemos a nuestro alcance los instrumentos necesarios para que esa defensa se pueda realizar con las garantías adecuadas, si bien es cierto que en relación al médico forense, éste ha sido un instrumento cuya intervención es ahora extrajudicial una vez finalizan las gestiones con la aseguradora correspondiente mediante OFERTA MOTIVADA. Antes se trataba de un mecanismo encajado dentro del procedimiento judicial que generaba una denuncia por parte del perjudicado.

Se alzan voces acerca de la indefensión del ciudadano perjudicado por un accidente de tráfico y ello respecto a que una RESPUESTA MOTIVADA (o rechazo) por parte de la aseguradora, no genera derecho alguno a ser examinado por médico forense. Algo muy discutible. ¿Por qué la OFERTA MOTIVADA sí da derecho a pedir intervención del médico forense y la RESPUESTA MOTIVADA no?

Si tienes un accidente de tráfico debes actuar siguiendo las pautas que te garanticen un buen resultado ante una reclamación, debes actuar de la mano de profesionales especializados. En Traffilex contamos con alta experiencia en la materia…

12 CONSEJOS SOBRE CÓMO RELLENAR CORRECTAMENTE UN PARTE AMISTOSO

1) No te pongas nervioso. Sabemos que es fácil decirlo, pero los nervios son muy traicioneros y pueden jugártela. No tengas ninguna prisa por irte. Tomate tu tiempo para rellenar el parte y verificar que todo es correcto. Ya lo dice el refrán: “Vísteme despacio que tengo prisa”.

2) Es muy importante que marques las casillas que más se asemejen a lo ocurrido, en el apartado 12 del parte amistoso, en la parte central, denominado “CIRCUNSTANCIAS”. No marques más casillas de las necesarias, y si no encuentras las casillas que se adaptan a lo ocurrido, mejor no marcar ninguna. Acuérdate de indicar más abajo el nº de casillas que has marcado. En caso de querer matizar algo más, ya que con las casillas no es suficiente, debes de plasmarlo en el campo de “OBSERVACIONES”, y si no hay suficiente espacio, debes desarrollar los hechos, en el reverso del parte, en el apartado 17, denominado “DESCRIPCION DEL ACCIDENTE”.

3) Solo firma si estas conforme con lo declarado por el contrario, y no se te ocurra firmar hasta que, tanto tú, como el contrario, hayáis acabado de rellenar del todo el parte amistoso.

4) No se te ocurra nunca, añadir nada en el parte, una vez os hayáis quedado, tanto tú como el contrario, vuestra copia. Solo puedes añadir información en el reverso del parte una vez tengas tu copia.

5) Utiliza letras mayúsculas para mayor comprensión.

6) Si eres inocente y el contrario se niega a firmar, busca testigos y solicita la intervención de los agentes de la autoridad. En caso de existir testigos, debes anotarte los siguientes datos de los mismos: nombre y apellidos, dirección y sobretodo el teléfono de contacto.

7) Si existen lesionados, llama a los agentes de la autoridad para que realicen el atestado.

8) Al mínimo dolor que tengas debes acudir a un centro sanitario para que te realicen un parte médico, siempre antes de las 72 horas después de ocurrir el accidente.

9) Intenta reflejar la máxima información posible: lugar del accidente (localidad, provincia, calle y su nº, cruce de calles, punto kilométrico, etc…), marcar los daños sufridos por el vehículo (el contrario también debe de reflejar los suyos), datos del contrario (nombre y apellidos, marca y modelo, nº póliza, compañía, matricula, teléfono de contacto, etc…).

10) Intenta dibujar tú el croquis. No quieras ser un Picasso, con que dibujes los coches como dos rectángulos, es suficiente. Pero es sumamente importante que identifiques cada coche como A y B, y que dibujes los máximos detalles posibles a tener en cuenta como: líneas continuas o discontinuas, señales de tráfico, semáforos, marcar con un aspa el lugar de la colisión, etc.. Muchas veces el croquis ha sido crucial para asignar la culpabilidad en un siniestro.

11) Revisa que el contrario cumplimenta todos sus datos y que marca las casillas que le corresponden según los hechos. También comprueba que la matricula reflejada es la correcta.

12) Si se producen daños en objetos personales (gafas, ropa,…), refléjalo en el campo de “OBSERVACIONES” o comunícaselo a los agentes de la autoridad para que lo reflejen en el atestado. Saca fotografías con tu propio teléfono móvil de los objetos dañados y de los vehículos. Esto facilitará aún más la reclamación.

… y hasta aquí la clase de hoy, ahora seguro que estás más preparado para afrontar este paso fundamental como es rellenar el parte amistoso!!